Devolución de Créditos Erróneos producidos en la cuenta N° 2510/46 "Recaudación TGN" y en cuentas recaudadoras bancarias de los SAF de Fuente de Financiamiento 11 "Tesoro Nacional"


I. Crédito erróneo en la cuenta 2510/46

Los depósitos que se efectúen en la Cuenta N° 2510/46 y que resulten erróneos, se ajustarán al procedimiento para la Devolución estos fondos de acuerdo a la Disposición Conjunta TGN/CGN Nº 1 de fecha 12 de septiembre de 2023, conforme al punto I a) y b) del Anexo I de la mencionada norma.

II. Crédito erróneo en cuentas recaudadoras bancarias de los SAF de Fuente de Financiamiento 11 "Tesoro Nacional"

Aquellos depósitos que se efectúen en cuentas recaudadoras bancarias de fuente de financiamiento 11 "Tesoro Nacional" distintos de la Cuenta N° 2510/46, y que resulten erróneos, se ajustarán al procedimiento para la Devolución estos fondos de acuerdo a la Disposición Conjunta TGN/CGN Nº 1 de fecha 12 de septiembre de 2023, conforme al punto II a) y b) del Anexo I de la mencionada norma.

En relación al tipo de comprobante a solicitar, el SAF deberá requerir:

  • La emisión de un Comprobante TCE Subtipo OTR, cuando la devolución de los fondos sea a favor de una cuenta recaudadora escritural.
  • La emisión de una Orden de pago Sin Imputación Presupuestaria NPR, cuando la devolución de los fondos sea a favor de una cuenta recaudadora NO escritural.

 

A continuación se expresan los circuitos administrativos para efectuar el requerimiento de devolución según corresponda:

Opera GDE

  • Cód. Exp. : GENE00193 – "Devolución por acreditaciones erróneas"
  • Form. Controlado: FODAE "Solicitud de Devolución por acreditaciones erróneas"- Firmado por DGA o superior con Token + documentación respaldatoria
  • El expediente se remite a:
    Repartición: DACB#MEC
    Sector: ECOCUTES

NO Opera GDE: Plataforma TAD

Consultas

Dirección de Administración de Cuentas Bancarias