Normativa

Anticipos Financieros

Tipo y Nº Norma
Descripción
Autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a acordar a las provincias y al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anticipos a cuenta de las respectivas participaciones en el producido de los impuestos nacionales sujetos a distribución o de los montos previstos en el Compromiso Federal.

 

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