Normativa

Aportes al Tesoro

Tipo y Nº Norma
Descripción
Dispone el ingreso como contribución al Tesoro Nacional de la suma $ 8.220.000.000.
Establece que a partir del 1° de enero de 2024 rigen, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, sus normas modificatorias y complementarias.
Establece que las Jurisdicciones y Entidades incluidas en la PLANILLA ANEXA al artículo 19 de la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, prorrogada para el Ejercicio 2024, deberán ingresar a la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA el monto de las contribuciones dispuestas en CUATRO (4) cuotas iguales con vencimiento el 31 de marzo, el 30 de junio, el 30 de septiembre y el 15 de diciembre de 2024.
Las contribuciones a favor del TESORO NACIONAL que por distintas normas legales se dispongan durante el Ejercicio Fiscal 2024 deberán ser aportadas en cuotas trimestrales, iguales y consecutivas hasta la finalización del Ejercicio Presupuestario, con vencimiento el último día hábil de cada trimestre, excepto para el mes de diciembre, que operará el día 15 del citado mes.

 

 

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