1.- ¿Qué tipo de medidas de afectación patrimonial existen ?
Embargos, Concursos y Quiebras como Medidas de Afectación Patrimonial Judiciales y las Cesiones y Fideicomisos como Medidas de Afectación Patrimonial Contractuales.
2.- ¿Quiénes son los beneficiarios de una Orden de Pago que resulte afectada por un embargo, concurso o quiebra ?
Los sujetos embargados, concursados o fallidos (quebrados) registrados como beneficiarios en el Módulo de Entes del e-Sidif.
3.- ¿Quiénes son los beneficiarios de una Orden de Pago que resulte afectada por una cesión o un fideicomiso?
Son aquellos entes a los cuales se devengó la Orden de Pago, los cesionarios o administradores fiduciarios quedan registrados en el Sistema a los efectos de la transferencia bancaria por Red CUT, pero no sustituyen la titularidad del beneficiario original.
4.- ¿Qué plazo existe para registrar o levantar una MAP J o una MAP C?
Toda notificación que disponga una medida judicial o contractual, o su levantamiento o cesación, debe ser registrada de inmediato.
5.- ¿Ante quién se pueden notificar MAP J, quién debe registrarlas?
Las MAP J se pueden notificar ante cualquier Organismo de la Administración Nacional, quienes se encuentran obligados a proceder a su registro en el Módulo de MAP J del e-Sidif y a responder al Juzgado o Tribunal oficiante.
6.- ¿Ante quién se pueden notificar MAP C, quién debe registrarlas?
Las MAP C sólo pueden ser notificadas ante los Servicios Administrativo Financieros, quienes se encuentran obligados a proceder a su registro en el Módulo de MAP C del e-Sidif.
Todo intento de notificación de una MAP C a la TGN será rechazada in límine.