PAGOS AL EXTERIOR

PREGUNTAS FRECUENTES

  • ¿A favor de quién debo emitir la orden de pago cuando el Beneficiario es del Exterior?

    A.- Para los Organismos que operan con el Módulo de Gastos en el e-Sidif: el Comprobante Orden de Pago Presupuestaria (OP PRE) deberá emitirse a favor del Beneficiario del Exterior, el cual deberá estar dado de alta en el Padrón Único de Entes del Estado Nacional de acuerdo a la normativa vigente. Los demás datos del Beneficiario del Exterior se derivarán del ente. 
    B.- Para los Organismos que no operan con el Módulo de Gastos en el e-Sidif: El Formulario C-41 “Orden de Pago” deberá emitirse a favor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA (BNA), indicando obligatoriamente el medio de pago “NOTA”. El campo cuenta bancaria  de la Orden de Pago no deberá completarse
    Disposición Conjunta 44/2015 TGN y 11/2015 CGN, Anexos I y II.

  • ¿En cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina puedo realizar el Visado?
    Solo se puede realizar el Visado de la Operación al Exterior en la Sucursal Plaza de Mayo del Banco de la Nación Argentina.
  • ¿Se puede confeccionar más de una orden de pago para un mismo número de Visado?

    No. Solo debe confeccionarse una orden de pago por número de Visado.

  1. ¿Una orden de pago puede tener más de un número de Visado?

    Sí, una orden de pago puede tener más de un número de Visado en los casos en que la Operación al Exterior tenga más de un Código de Concepto o cuando por su monto se requiera la cancelación a través de pagos parciales.

  • ¿Cómo debo realizar la carga de la Nota de Pago en los casos en que la orden de pago tenga pagos parciales?

    A.- Para los Organismos que operan con el Módulo de Gastos en el e-Sidif: cuando se requiera realizar pagos parciales, en la carga de las Notas de Pago se debe especificar en los campos correspondientes la “Forma de Pago” y el “Importe a Pagar” en pesos. 
    B.- Para los Organismos que no operan con el Módulo de Gastos en el e-Sidif: se debe traer tantas Notas dirigidas a la Tesorería General de la Nación como pagos parciales se deban realizar.

  1. ¿Se puede anular o modificar datos de una Nota de Pago una vez que la Tesorería General de la Nación emitió el pago al Banco de la Nación Argentina?

    No se pueden realizar anulaciones o modificaciones una vez que la Nota de Pago ha sido entregada por la Tesorería General de la Nación al Banco de la Nación Argentina. 
    En caso de necesidad sólo se podrá anular la operación mediante nota del Organismo a la Tesorería General de la Nación solicitando la reversión de la misma.

  • ¿Si la orden de pago tiene Retenciones, cómo debo proceder?

    A.- Para los Organismos que operan con el Módulo de Gastos en el e-Sidif: en los casos en que se efectúen retenciones, la carga en la Nota de Pago es por el importe BRUTO de la Moneda de Origen y Moneda Destino. Asimismo, desde la grilla de datos existe la opción de realizar la “simulación de pago”, para verificar que el importe cargado en la Nota de Pago coincida con el del Boleto de Venta de Cambio en poder del Banco de la Nación Argentina.
    B.- Para los Organismos que no operan con el Módulo de Gastos en el e-Sidif: en la Nota que envían a la Tesorería General de la Nación, se debe informar el importe NETO de la Moneda de Destino, el cual debe coincidir con el que figura en el Boleto de Venta de Cambio en poder del Banco de la Nación Argentina. 

  • ¿Se puede ingresar una orden de pago antes de tener el número de Visado?

    No, sin el dato del número de Visado la Contaduría General de la Nación no realiza el envío de la orden de pago a la Tesorería General de la Nación para su cancelación.
    A.- Para los Organismos que operan con el Módulo de Gastos en el e-Sidif: es obligatorio al momento de registrar la Nota de Pago cargar el Sector del Banco de la Nación Argentina al que corresponde la Operación del exterior (Carta de Crédito, Transferencia Importación Directa o Transferencia Simple al Exterior), Número de Visado y Fecha de Visado.
    B.- Para los Organismos que no operan con el Módulo de Gastos en el e-Sidif: es obligatorio en la Nota a la Tesorería General de la Nación informar el Sector del Banco de la Nación Argentina al que corresponde la Operación del exterior (Carta de Crédito, Transferencia Importación Directa o Transferencia Simple al Exterior), Número de Visado y Fecha de Visado.

  1. ¿Cómo opera la diferencia de cambio?

    Cuando se realiza la Operación al Exterior, el Banco de la Nación Argentina debita el Importe en pesos de la Cuenta del Tesoro. La diferencia que surja entre lo que debitó el Banco y la orden de pago, la Tesorería General de la Nación solicitará la correspondiente regularización.

  2. ¿Debo enviar a los Órganos Rectores copia de la documentación que solicita el Banco de la Nación Argentina para realizar la Operación al Exterior?

    No, solo se debe consignar Número de Visado, Fecha de Visado y Sector del Banco de la Nación Argentina al que corresponde la Operación del Exterior según lo establece la Disposición Conjunta 44/2015 TGN y 11/2015 CGN, Anexos I y II.

  3. ¿Cuándo en la Operación al Exterior interviene un Banco Intermediario, como debo proceder?

    A.- Para los Organismos que operan con el Módulo de Gastos en el e-Sidif: se puede utilizar el campo de “Observaciones” a continuación de la leyenda que automáticamente trae el Sistema (de acuerdo a lo indicado en BVC) y cargar todos los datos del Banco Intermediario (Nombre del Banco, Sucursal, Domicilio, Cuenta, etc). 
    B.- Para los Organismos que no operan con el Módulo de Gastos en el e-Sidif: se debe indicar en la Nota a la Tesorería General de la Nación todos los datos del Banco Intermediario (Nombre del Banco, Sucursal, Domicilio, Cuenta, etc). 

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