PAGO DE OBLIGACIONES FISCALES

Preguntas Frecuentes

1) ¿Qué pagos se encuentran alcanzados por la Resolución N° 242/2013 S.H.?

Según la Resolución 242/2013:

  • ART. 1º: Todos los pagos de obligaciones fiscales a favor de la AFIP, con VEP que se giren a través de la CUT.
  • ART. 3º: Indica que los pagos de obligaciones fiscales a favor de la AFIP, que no se giren a través de la CUT y que se financien con fondos provenientes de recursos propios o afectados, o que sean generados por el régimen de Fondo Rotatorio y Cajas Chicas, se girarán a través de la cuenta bancaria del organismo que estará adherida a un sistema de pago por transferencia electrónica de fondos con los que opera el Banco de la Nación Argentina, para permitir el proceso de pago con VEP.

2) ¿Qué organismos están alcanzados por la Disposición Conjunta 16 TGN y 13 CGN /2013?

Según la Disposición Conjunta TGN 16 y CGN 13/2013 menciona en:

  • ANEXO I: Los SAF que operen en el módulo de pagos en el sistema integrado de información financiera internet, e- sidif.
  • ANEXO II: Los SAF que no operen en el módulo de pagos en el sistema integrado de información financiera internet, e- sidif.
  • ANEXO VI: Los SAF que operen fuera de la CUT.

3) ¿Cuántos usuarios pueden ser autorizados para operar el Servicio Banca Empresa 24?

No hay un límite máximo en la cantidad de usuarios, sí hay un mínimo de 2 personas. Los organismos que sólo tengan un solo usuario habilitado, deben inmediatamente gestionar el alta de alguno más

4) ¿Qué pasa si colapsa el sistema los días de vencimiento o anteriores? ¿Hay un plan alternativo? ¿Cuál va a ser el “Anexo Operativo de la agencia” para poder pagar en caso de contingencia?

La RG 1992/06 AFIP que modifica su similar N° 1778/04, dispone que deben seguirse las indicaciones que se publiquen en la página WEB de AFIP en cada fecha, dado que eventualmente podría prorrogarse el vencimiento.

5) ¿Puedo incluir varios VEPs en una Orden de Pago?

No, es un VEP por Orden de Pago.
Se debe tener en cuenta que debe generarse UN VEP por CADA IDENTIFICACIÓN BANCARIA, por lo tanto:

  • para el pago de Aportes y Contribuciones: UNA OP = UNA IB = UN VEP
  • para el pago de Retenciones: UNA IB por Código de retención, Fuente de financiamiento, Cuenta Recaudadora, Por ejercicio = UN VEP
  • El VEP consolidado no aplica para los organismos de la Administración Pública Nacional

6) ¿En un mismo VEP se pueden cargar varios impuestos?

Aportes y Contribuciones: Se pagan varios conceptos con el mismo VEP.
Retenciones: No se pueden generar VEP de retenciones de varios impuestos.

7) ¿Qué pasa si hay una rectificativa? ¿Si hay un pago en exceso o en defecto?

Pago en defecto: Se paga la diferencia con otro VEP.
Pago en exceso: Se solicita reimputación/devolución en la dependencia de AFIP que corresponda.

8) ¿Puede un usuario de Banca Empresa 24 cargar VEPs correspondientes a distintos SAF?

Sí, las claves son personales y el usuario puede generar los VEPs de aquellos organismos contribuyentes por los que va a ordenar el pago a la AFIP.

9) ¿Cuándo expira el VEP generado?

Expira a los 25 días contados a partir del día siguiente al de su generación.

10) ¿Cuánto tiempo de validez tiene el VEP una vez Cargado y Firmado por el SAF?

El VEP Cargado y Firmado (antes de las 10.00 hs.) por el SAF, y ENVIADO (hasta las 16.00 hs.) por el BNA, tiene una validez de 24 horas. Por lo cual si el BNA no lo ENVIA en el mismo día dentro del horario autorizado, el SAF deberá volver a Cargarlo y Firmarlo al día siguiente.

11) ¿Para los pagos de las retenciones por Fondo Rotatorio y Caja Chica el SAF debe contratar un sistema bancario de pagos electrónicos a la AFIP?

Sí, el SAF debe adherir su cuenta bancaria de Fondo Rotatorio, a la red con la que opera su banco.
A modo de ejemplo, si la cuenta pagadora es del BNA, las redes que usa este banco son dos: Interbanking o Link -Banca Empresa 24-.
El SAF deberá seleccionar el servicio que mas se ajuste a su operatoria y concretar el trámite de adhesión correspondiente.

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